Se pierden las vacaciones estando de baja

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Enfermedad durante las vacaciones de los trabajadores del metal

Las vacaciones son un derecho inalienable de los trabajadores según la Constitución y la ley. Sin embargo, un trabajador tiene derecho a 4 semanas de vacaciones en general, teniendo en cuenta el contrato individual y el convenio colectivo aplicable.

Por lo general, el trabajador debe utilizar dos semanas de vacaciones durante el año de devengo y los días restantes, que aparecen en la parte inferior de la nómina, pueden disfrutarse en los 18 meses siguientes.

Veamos entonces con nuestra completa guía cuándo se pagan y tributan las vacaciones no disfrutadas, qué ocurre en caso de despido o renuncia, y qué sucede en el sector público y en particular en los colegios.

De hecho, los citados decretos legislativos prohíben expresamente la monetización durante la relación laboral para defender el derecho a la salud del trabajador, que necesita un periodo de desvinculación del trabajo para recuperar la energía psicofísica.

En cambio, en el segundo caso, para las sustituciones de corta duración o del 30 de junio, las vacaciones no disfrutadas pueden ser abonadas, pero la monetización se realiza restando del derecho a vacaciones los días de suspensión de clases de todo el periodo del contrato.

Acumulación de vacaciones durante una enfermedad no remunerada

En función de la clasificación contractual del trabajador (cuadro, I, II, III nivel, etc.) y de lo establecido por la ley y por los CCNL correspondientes, la relación laboral finaliza al término del periodo de preaviso, que varía entre 15 días y dos meses.

En resumen, tanto en el caso de la dimisión voluntaria como en el del despido, pedir las vacaciones y los permisos, o invitar a tomarlos, no reduce el plazo de preaviso, que es un periodo de tiempo durante el cual el trabajador debe estar efectivamente presente en la empresa.

El trabajador, por tanto, acumula días de vacaciones adicionales. Por ejemplo, a lo largo de un mes, el trabajador acumula aproximadamente 2 días de vacaciones, que deben compensarse junto con los demás días no disfrutados.

Por ejemplo, en caso de buenas relaciones con el trabajador, éste puede acordar pasar las vacaciones restantes antes de dar por terminada efectivamente la relación laboral. En caso contrario, las partes pueden acordar una compensación.

En este caso no hay ventanas móviles y, por tanto, se aplican todas las condiciones expuestas hasta ahora: el trabajador tiene derecho a disfrutar o a ser compensado por las vacaciones no utilizadas y éstas no entran en el periodo de preaviso.

Vacaciones en Arán después de una enfermedad

La determinación exacta del período de vacaciones, que presupone una evaluación comparativa de las diferentes necesidades, es responsabilidad exclusiva del empresario como expresión del poder general de organización y dirección de la empresa.

Según el mensaje del INPS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) nº 79 de 27 de junio de 2003, la prohibición de monetizar el periodo mínimo de 4 semanas durante la relación laboral se aplica con referencia a los periodos de vacaciones devengados después de la entrada en vigor de la citada disposición (29 de abril de 2003).

El derecho a las vacaciones implica para el empresario no sólo la obligación de asignarlas, permitiendo al empleado ausentarse del trabajo, sino también la obligación de pagarle la remuneración correspondiente a ese período (artículo 36, párrafo 3, de la Constitución; artículo 2109, párrafo 2, del Código Civil).

La disposición en cuestión prevé, en particular, que los trabajadores puedan ceder gratuitamente sus descansos y vacaciones devengados a los trabajadores por cuenta ajena del mismo empresario, con el fin de permitir a estos últimos el cuidado de los hijos menores de edad que requieren una atención constante debido a sus condiciones particulares de salud.

La enfermedad interrumpe los días festivos

Si, al final del año natural, hay días de vacaciones acumulados pero no disfrutados, los días restantes deben disfrutarse dentro de los 18 meses siguientes, salvo que el trabajador acepte posponer este plazo.

En la Circular nº 8 de 8 de marzo de 2005, el Ministerio de Trabajo aclaró que se debe garantizar al trabajador un periodo de al menos dos semanas, que se tomarán ininterrumpidamente durante el año de devengo, a petición del trabajador.

Es evidente que los convenios colectivos, incluidos los de empresa, pueden establecer condiciones más favorables para los trabajadores; de hecho, casi todos los convenios prevén un periodo superior a cuatro semanas.-

Se debe a los trabajadores industriales, artesanales y agrícolas, a los trabajadores del sector terciario y a los oficinistas, a los jóvenes contratados con contratos de inserción, a los trabajadores para-subordinados y a los aprendices.

El INPS ha establecido una normativa al respecto; en general, la enfermedad durante las vacaciones las suspende, salvo que el empresario pueda demostrar que el trabajador podría seguir disfrutando de ellas.-

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