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Un reo es un individuo que ha sido acusado, detenido, culpado y/o sentenciado por haber cometido un hecho ilícito. La persona que se considera reo, debe ser castigada por haber incurrido en una infracción que atente a la sociedad de alguna manera.
En esencia el reo actuó fuera de las normas sociales y es un término que se usa desde el comienzo de las civilizaciones.
Derechos de los Reos
Aún estando bajo estas características, el reo posee derechos, es un ser humano al que se le debe respeto aunque haya actuado fuera de la ley.
Tienen derecho a estar asistidos por un defensor y queda de parte de las autoridades y funcionarios informarlo, se encuentra explícito en el artículo 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Por otro lado, al momento de imponer una multa al reo, se deben tener en cuenta varios aspectos acerca de su situación económica, esto se encuentra en el artículo 50.5 del Código Penal.
Principios legales a favor del reo: In dubio pro reo
Por excelencia, el principio legal del reo es “In dubio pro reo”, el cual se encuentra a favor del mismo, es decir, al momento de sentenciarlo, con este principio se busca aplicar la pena menos agravante para él.
Así reza el artículo 2.2 del Código Penal:
2. No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo. Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
Aplicación de pena de prisión
La aplicación de penas de prisión con un tiempo desde 1 hasta 2 años se pueden sustituir por una multa o un trabajo comunitario, es decisión de los jueces y tribunales.
Los plazos de pago se fijarán guiándose por lo dispuesto en el artículo 50: dos cuotas de multa por cada día en la cárcel, una jornada de trabajo por cada día en prisión. Esto quiere decir que, por ejemplo, el detenido puede tener cuatro años de multas (1.440 días) o dos años de jornadas diarias de trabajo (730 días) que beneficie a la comunidad.