Qué es la Renta mínima de inserción social (RMI) y cuáles son los requisitos necesarios.

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Es cuestión de política de Estado el ofrecer ayudas sociales a familias o unidades de convivencia que se encuentren en condición de necesidad o precariedad económica.

Es así como es apropiado hablar de (RMI) renta mínima de inserción, la cual consiste en una prestación económica, conformada por la sumatoria de una prestación mensual básica y un complemento variable, que se otorga en función de los integrantes de la unidad de convivencia, con la finalidad de poder satisfacer las necesidades básicas de la misma, en los casos en que éstas no puedan obtenerse mediante el trabajo, pensiones o prestaciones de protección social.

Requisitos para solicitar la RMI

Generalmente, estos son los requisitos necesarios para solicitar la renta mínima de inserción:

  • Estar empadronado o registrado en un Municipio de la Comunidad Autónoma, y que ese empadronamiento tenga cierta antigüedad.
  • No contar con los recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas.
  • Haber solicitado todas las ayudas, prestaciones y pensiones que le pudieran corresponder.
  • Aceptar las medidas de inserción laboral, orientación y formación, propuestas por la Comunidad Autónoma, a fin de que además de recibir la ayuda económica, también se dé la posibilidad de integrarse laboralmente.
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Pasos para solicitar la renta mínima mensual  

La solicitud puede llevarse a cabo mediante dos formas, una vez sea completado el formulario facilitado por la Comunidad Autónoma.

Solicitar por internet

Para realizar la solicitud mediante el registro electrónico, es necesario poseer el DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad correspondiente. Una vez lista la documentación, se accede al registro electrónico pulsando ¨tramitar¨, siguiendo las indicaciones del sistema.

Para poder optar a las notificaciones por medios electrónicos, se necesita estar dado de alta en el Servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad en la que nos encontremos.

En oficinas de asistencia en materia de registro

También se puede optar por acudir a estas oficinas de la Comunidad en la que residamos, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares en el extranjero.

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¿Cuánto se cobra en la renta mínima de inserción social?

El dinero a cobrar es variable. Es decir, dependerá de la escala establecida por cada Comunidad Autónoma.

Usualmente, las ayudas no superan el 70% del salario mínimo, en algunos casos teniendo una parte fija y otra variable en función de los miembros de la unidad de la unidad familiar (hijos, personas minusválidas, etc.) y los recursos económicos de los cuales dispongan.

Para ejemplificar de forma más clara lo antes citado, se estima que un individuo que viva solo sin percibir otros ingresos, cobrará 400 euros mensuales. Dos personas, 512.76 euros y tres personas percibirán 587.78 euros mensuales, pudiendo cobrar hasta 950 euros que es la cuantía máxima.

Por otra parte, si la unidad familiar percibe otros ingresos, estos serán deducidos de la cantidad de Renta Mínima de Inserción correspondiente, siendo así la diferencia que resulte, el importe mensual que percibirá.

Como se dijo anteriormente, la prestación es otorgada mensualmente, sin pagas extraordinarias, y si el beneficiario carece de otros ingresos económicos, entonces no está obligado a declarar el IRPF.

En lo que respecta a su duración, también es variable, ya que unas comunidades la otorgan durante un tiempo limitado, por ejemplo 60 mensualidades, otras por 12 y otras de forma indefinida.

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