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Inps permiso parental covid
Cada progenitor puede disfrutar de un permiso parental de un máximo de 6 meses (que puede aumentar a 7 para el padre trabajador que ejerza su derecho a abstenerse de trabajar durante un periodo continuo o fraccionado no inferior a 3 meses).
Con el Decreto Legislativo nº 80/2015, uno de los decretos de desarrollo de la llamada Ley de Empleo, que entró en vigor el 25 de junio de 2015, el legislador rediseñó la citada legislación sobre permisos parentales, introduciendo una serie de cambios declaradamente dirigidos a ampliar el derecho de los trabajadores parentales a la abstención laboral. En concreto, la reforma de 2015 estipulaba:
Durante el periodo de prohibición, el trabajador debe ser destinado a otras tareas, con mantenimiento del salario y la cualificación. En cuanto al desempeño de funciones superiores o equivalentes, se aplica el artículo 13 de la Ley 300/1970.
Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a un permiso retribuido para someterse a exámenes prenatales, exámenes clínicos o exámenes médicos especializados, si éstos deben realizarse durante la jornada laboral (previa presentación de los justificantes correspondientes).
Permiso de maternidad opcional
Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a un permiso remunerado para realizar exámenes prenatales, investigaciones clínicas y exámenes médicos especializados, en caso de que deban realizarse durante la jornada laboral.
Abstención facultativa dentro del tercer año de vida del niño, a partir del 25 de junio de 2015, DLgs 80-2015 artículo 9 inciso 1a, con disposición inicialmente renovable de año en año, llevada al sexto año de vida del niño; del tercer al octavo año de vida según ingresos, llevada por DLgs 80-2015 artículo 9 inciso 1b al octavo año
Circular prot.25/SEGR/5249 de 17 de abril de 2008 del Ministerio de Trabajo y nota de la Inspección Nacional de Trabajo nº 1550 de 13 de octubre de 2021). La misma interpelación distingue también, en el caso de las trabajadoras
En concreto, en el ámbito de la función pública, el Tribunal de Novara (sentencia nº 72, de 16 de marzo de 2017) ha reconocido que, al duplicarse los periodos de permiso obligatorio en los partos gemelares, debe considerarse también el tratamiento económico relativo:
Permiso parental padre
Al mismo tiempo, cuando hablamos de trabajador, nos referimos al grupo general de trabajadores: privados, públicos, cooperativistas, pero también a los que tienen un contrato de aprendizaje o contratos a tiempo parcial que tienen los mismos derechos que sus compañeros a tiempo completo.
También en este caso, al igual que en el anterior permiso flexible 1+4, debe existir una autorización específica del médico del SSN avalada por el médico competente que certifique la ausencia de riesgos para la madre y el feto.
Permiso de maternidad obligatorio
Hola, estoy embarazada de mañana, tengo mi primer Eco, estoy de 13 semanas, tengo un contrato de trabajo que termina el 3 de abril, trabajo en un restaurante, ¿puedo coger la baja por maternidad anticipada si termino mi contrato el 3 de abril, me dan la baja por maternidad después?
SOY UNA TRABAJADORA SUBORDINADA CONTINUA DESDE HACE OCHO AÑOS SIEMPRE CON LA MISMA FAMILIA, ME FUI DE EMBARAZO POR PROBLEMAS DE SALUD, ME PRESENTE AL INPS, QUISIERA SABER SI EL INPS PAGARA EL 80% DE LA PAGA O MI EMPLEADOR. GRACIAS
Hola. En tu caso el médico tiene que darte un simple certificado en el que conste que estás embarazada. después vas a la inspección de trabajo y explicas las condiciones de trabajo que no son compatibles con el embarazo. ellos se encargan.
Hola soy una farmacéutica con contrato indefinido en la semana 18 de embarazo. He estado de baja tres veces en un mes por diversas enfermedades y recaídas en horario laboral, ya que siempre estoy en contacto con enfermos. Mi empresa insiste en que mi ginecólogo emita un certificado médico de maternidad de riesgo, ya que les estoy causando problemas en cuanto a horarios de trabajo, ya que estoy en una empresa privada, pero mi ginecólogo no quiere hacerlo porque cree que puedo estar de baja, que es mi derecho y que no puede emitir un certificado por una simple enfermedad. Como estoy en contacto constante con personas que no están en el mejor estado de salud, como estoy de pie todo el tiempo, y como en la farmacia donde trabajo hay escaleras que hay que subir repetidamente, me informé de que hay documentos que hay que enviar a mi DPL provincial donde tengo que informar de la declaración de servicio, el certificado de embarazo y la documentación del riesgo emitida por el empleador. He señalado esta ley a mi empleador, pero él insiste en que la certificación la haga el ginecólogo. ¿Qué puedo hacer para sortear todos estos problemas, dado que tanto el ginecólogo, por un lado, como mi empleador, por otro, no acuden en mi ayuda? Perdón por el largo exabrupto y gracias por su respuesta.