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Pensiones de enfermedad en 2021
En primer lugar, el trabajador debe notificar al empresario con la debida antelación su ausencia por enfermedad. A continuación, corresponde a los distintos convenios colectivos nacionales determinar con mayor precisión el plazo en el que debe realizarse esta notificación.
El trabajador debe notificar al empresario con la debida antelación su ausencia por enfermedad. La mayoría de los convenios colectivos establecen los plazos precisos en los que debe realizarse dicha notificación.
Del mismo modo, la enfermedad causada por una falta grave del trabajador también se considera una enfermedad que puede protegerse en virtud del artículo 2110 del Código Civil (Tribunal de Casación de 20 de enero de 1975, nº 232), incluso si es consecuencia del consumo prolongado de alcohol o drogas (Tribunal de Casación de 13 de febrero de 1997, nº 1314) o de la tentativa de suicidio (Circ. INPS de 1.3.1984, nº 45).
Además, durante los periodos de baja regulados por el artículo 31 de la Ley 300/1970 S.L. (baja sindical), el interesado, en caso de enfermedad, conserva el derecho a percibir las prestaciones previstas en la ley con cargo a los organismos competentes.
Quién paga la maternidad
(válida para todo tipo de contrato) establecida por la jurisprudencia establece que el trabajador debe, en el plazo de 2 días desde la emisión del certificado médico, entregar o enviar, por correo certificado con acuse de recibo, el certificado de enfermedad emitido por el médico que le atiende.
Si se envía por correo, la fecha de envío de la carta certificada es auténtica, en el caso de la entrega en mano, debe estamparse un sello con la fecha en el certificado en presencia de la persona que realiza la entrega en mano.
Por último, recordamos a los trabajadores que el certificado que se entregue al empresario debe contener únicamente el pronóstico y no el diagnóstico. De hecho, se reconoce que el trabajador tiene derecho a no dar a conocer su enfermedad.
– En caso de ausencia del trabajo, el período de vacaciones se reduce en tantas doceavas partes como meses completos de ausencia.- En caso de ausencia por enfermedad, la reducción anterior no se aplica si la ausencia no supera los seis meses; en caso de una ausencia más larga, la reducción no se aplica durante los primeros seis meses, a menos que la ausencia dure todo el año.
Enfermedad covid inps
Debido a diversas disposiciones legales, los certificados médicos de enfermedad de todos los trabajadores (tanto del sector privado como del público) sólo son enviados electrónicamente por el médico o el centro de salud público que los emite, directamente al Inps, que los pone a disposición de los empresarios, también por vía electrónica.
Los médicos contratados por el Servicio Nacional de Salud, los médicos concertados con él (médicos generales, especialistas y pediatras de libre elección), así como los médicos libres, están obligados a presentar los datos en línea.
El médico certificador, tras el envío y la aceptación en línea, y la asignación de un número de protocolo único, expide al trabajador una copia impresa del certificado de enfermedad telemático y el certificado de enfermedad para el empresario en el momento de la visita.
Los 3 primeros días de enfermedad (falta) no son indemnizables, salvo en el caso de una recaída de la misma enfermedad que se produzca en el plazo de 30 días o cuando el contrato prevea una indemnización por este periodo a cargo del empresario.
La enfermedad se paga al 100
En caso de enfermedad, el trabajador deberá avisar a la empresa dentro del primer día de ausencia (fin de turno), comunicando el domicilio en el que se encuentra si es diferente al conocido por la empresa, y enviar el protocolo de certificado médico dentro del segundo día desde el inicio de la ausencia.
Los mencionados periodos de conservación del puesto de trabajo y los motivos de prórroga se entenderán referidos al total de ausencias producidas en los tres años anteriores a cada nuevo episodio morboso.
Además, las empresas abonarán al trabajador ausente por enfermedad o accidente no laboral, en el marco del mantenimiento del empleo, una integración de lo que el trabajador percibe, en virtud de las disposiciones legislativas y/o de otras normativas, hasta la remuneración neta total normal que habría percibido si hubiera trabajado, efectuando los ajustes pertinentes al final del período de tratamiento contractual.
Los periodos de hospitalización que duren más de 10 días ininterrumpidos se abonarán con el salario íntegro, además de la paga anterior, hasta un máximo de 61 días naturales.