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Decreto de requerimiento Consecuencias penales
A.b El 18 de abril de 2012 A. S.p.A. solicitó al Pretore della giurisdizione di Mendrisio sud que reconociera y declarara ejecutable en Suiza el mencionado decreto de requerimiento y que ordenara el embargo de bienes de B. SA por un total de 2.559.280 CHF, más intereses. BGE 139 III 232 S. 233Al día siguiente, el pretor adjunto accedió a estas peticiones en su totalidad.
C. Mediante demanda civil de 17 de septiembre de 2012, A. S.p.A. postula, sin perjuicio de la concesión de efectos suspensivos al recurso, la desestimación de la reclamación y la confirmación de la decisión del pretor. Denuncia que el tribunal cantonal infringió el Convenio de Lugano al negar al requerimiento el carácter de decisión reconocible.
Por otro lado, el certificado del Tribunal de Milán aportado con el recurso es prima facie inadmisible, porque es posterior a la resolución impugnada, en la que se afirma que a 11 de septiembre de 2012 no se apreciaba en los registros ninguna oposición al decreto de interdicción controvertido (BGE 134 IV 342 consid. 2).
Orden de ejecución de un requerimiento judicial
7) ¿Qué necesita para utilizar el servicio? Un ordenador conectado a Internet para utilizar el servicio de búsquedas.Un ordenador conectado a Internet y una impresora para utilizar el servicio en línea de recopilación de recursos contra las sanciones administrativas o de requerimiento.
12) ¿Los mensajes de correo electrónico sustituyen a las notificaciones en papel? No. Los mensajes de correo electrónico no sustituyen a las notificaciones en papel previstas por la ley, ya que no son correo certificado.
13) ¿Cuáles son las materias excluidas de la competencia del Juzgado de Paz, en lo que respecta a la oposición a las sanciones administrativas? Las únicas materias excluidas de la competencia del Juzgado de Paz, según el art. 6 apartados 4 y 5 del Decreto Legislativo 150/2011, son las infracciones de las disposiciones correspondientes:
Adhesión a la propiedad
Dependiendo de la naturaleza del título, ya sea judicial (por ejemplo, una sentencia judicial) o extrajudicial (por ejemplo, una escritura notarial), la cláusula de ejecución debe ser colocada por el registro judicial o el notario que emitió el título.
Para determinados títulos no es necesario seguir el procedimiento mencionado: actualmente se trata de órdenes de ejecución emitidas en un Estado miembro de la Unión Europea y que son ejecutables mediante un título ejecutivo europeo, así como de requerimientos europeos.
Estas medidas de protección deben subdividirse en medidas de protección y medidas híbridas, en este caso medidas para proteger la posición del acreedor sólo en las fases preliminares.
En el Derecho luxemburgués, a raíz de la ley de 21 de diciembre de 1994 por la que se modifican determinadas normas relativas a la cesión de créditos y garantías, se han modificado sustancialmente los principales artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, del Código de Comercio y de la Ordenanza del Gran Ducado de 27 de mayo de 1937 relativa a la pignoración de bienes comerciales en lo que respecta a la intervención de los agentes judiciales.
Significado de la orden judicial
El proceso monitorio europeo (Reglamento (CE) nº 1896/2006, que entró en vigor el 12 de diciembre de 2008), en lo sucesivo denominado “Reglamento IPE”, permite el cobro de créditos no impugnados en procesos civiles y mercantiles transfronterizos mediante un procedimiento uniforme que utiliza formularios normalizados (http://www.overheid.nl/).
El reglamento se aplica entre todos los Estados miembros de la UE, a excepción de Dinamarca. Los Países Bajos introdujeron la Uitvoeringswet (EBB-Vo) (Ley de aplicación del Reglamento IPE) de 29 de mayo de 2009 para la aplicación del proceso monitorio europeo en los Países Bajos.