Prorroga de contrato de alquiler

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Prórroga de un contrato de arrendamiento

Su contrato de alquiler está a punto de expirar. Por regla general, tiene dos vías abiertas: la prórroga o la rescisión del contrato de arrendamiento. En ambos casos, debe notificarlo a las autoridades fiscales en un plazo de treinta días.

Si desea rescindir su contrato de alquiler antes de tiempo, como propietario o como inquilino. Recuerda que el plazo de preaviso es de al menos seis meses, salvo que se acuerde otra cosa en el contrato.

La prórroga de un contrato de arrendamiento de un inmueble hace referencia a todos aquellos casos en los que se prorrogan los términos de un contrato de arrendamiento. Dado que existen diferentes tipos de contratos de arrendamiento, también hay diferentes casos en cuanto a la prórroga del mismo.

Tomemos un ejemplo de la vida real. Usted es un inquilino, ha celebrado un contrato de arrendamiento a partir del 30 de junio de 2015, el contrato estipula un alquiler mensual de 500 euros. Alquiler gratuito.

Ampliación del contrato de arrendamiento comercial 6+6

Los contratos de renta libre, identificados con la fórmula 4+4, son aquellos que, transcurridos 4 años, se renuevan automáticamente por otros 4 años, si seis meses antes de la fecha de vencimiento el inquilino no ejerce el derecho de desistimiento o el arrendador no comunica la rescisión específica al propietario del inmueble.

Los contratos de uso transitorio o temporal, en cambio, tienen una duración mínima de un mes y máxima de 18. Una vez transcurrido el plazo acordado entre las partes, el contrato se extingue automáticamente, por lo que no es necesario un preaviso. Corresponde a la parte que desea prorrogar el contrato transitorio con la misma fórmula informar a la otra parte de esta intención, dada la permanencia de las necesidades temporales. A falta de este preaviso, que debe hacerse por carta certificada, el contrato se “transforma” en un arrendamiento gratuito 4+4 si el inquilino no desaloja la vivienda.

El “Decreto de Crecimiento” nº 34/2019 convertido por la Ley nº 58/2019 deroga las sanciones previstas en caso de no comunicar la prórroga de los contratos de arrendamiento para los que el arrendador haya optado por el régimen de “cedolare secca”. En consecuencia, esta derogación supone la supresión de la obligación de comunicar la prórroga contractual para los arrendamientos en régimen de “cedolare secca”, sin que ello suponga la pérdida del régimen facilitado.

Fac simile Carta de prórroga de un contrato de arrendamiento

Por eso hemos decidido escribir este artículo. Hoy queremos explorar con usted dos temas muy importantes en este contexto: la renovación y la ampliación del contrato de alquiler. Le explicaremos qué son, en qué se diferencian y, sobre todo, qué tiene que hacer. Siéntese y descubra todo lo que necesita saber.

Si eres una de estas personas y por fin has encontrado el piso que te conviene, imaginamos que ahora te preocupa cómo hacer para prorrogar y renovar tu contrato de alquiler.

Esto nos lleva a la conclusión del artículo. Ahora estamos seguros de que tiene más conocimientos sobre estas dos acciones que hace unos minutos. Hemos descubierto juntos qué se entiende por extensión y renovación, pero sobre todo cuáles son las diferencias que distinguen estos dos términos. Ahora sólo le queda aprovechar esta información para tomar la decisión correcta.

Sanción por no prorrogar un contrato de arrendamiento

¿Has alquilado un piso? Son muchos los trámites que hay que seguir a intervalos regulares: le aconsejamos que marque bien los plazos para no arriesgarse a ser objeto de controles y sanciones. A continuación encontrará los distintos trámites relacionados con el alquiler de un piso; para no incurrir en penalizaciones, los cumplimientos deben presentarse en un plazo de 20 días a partir de la fecha límite para la primera inscripción, y de 30 días para los cumplimientos posteriores. Hay que calcular las posibles sanciones e intereses de demora.

La renovación de un contrato con una fecha de vencimiento diferente se presenta y se renueva en las mismas condiciones. La duración de la renovación depende de las condiciones del contrato, que puede ser de dos o tres años. Asimismo, se paga un impuesto según el tipo de contrato y se debe presentar un formulario a la Agencia Tributaria.

En caso de cambio de titularidad de una de las partes del contrato, ya sea entre inquilinos o entre arrendadores, debe presentarse un formulario de toma de posesión o de traspaso. Si un inquilino deja el piso, el propietario vende la casa, hay una sucesión o cambian las condiciones. Se realiza siempre de forma telemática mediante la presentación de un formulario a la Agenzia delle Entrate y los correspondientes recibos de pagos realizados a través de F24.

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