Permiso de Paternidad

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Se conoce como permiso de paternidad al beneficio que reciben los hombres al convertirse en padres de un hijo, ya sea por nacimiento, acogimiento o por adopción. El mismo consiste en otorgar un período de tiempo sin trabajar y remunerado al 100% de su sueldo. 

Anteriormente, el permiso tenía una duración de 8 semanas y desde del 1 de enero del año 2.020 se mejoró aumentándolo a 12 semanas. A partir del 2.021 tiene una duración de 16 semanas, equiparándolo con el permiso de maternidad. 

¿Quién puede solicitar el permiso de paternidad? 

El permiso de paternidad se solicita dependiendo de la circunstancia, cuando es un hijo natural, el padre puede disfrutar del permiso y la madre de su permiso de maternidad al mismo tiempo. 

En el caso de adopción o de acogimiento solo la madre o el padre, si ambos trabajan, puede solicitar el permiso, a menos que una haya disfrutado del permiso de maternidad. 

Puede ser pedido por funcionarios, autónomos, empleados del hogar, trabajadores por cuenta ajena, entre otros.

¿Cuándo se puede solicitar el permiso por ser padre? 

El período de tiempo con el que se cuenta para realizar la solicitud del permiso, es de 15 días después del nacimiento, acogimiento o adopción del menor, en los dos últimos casos, se disfruta del beneficio si el niño tiene 6 años o menos.

¿Cuánto dura? 

Como ya se explicó anteriormente, el permiso desde el año 2.021 es de 16 semanas. De este período, 4 semanas son obligatorias e ininterrumpidas a jornada completa, inmediatas y posteriores al parto.

Las otras 12 semanas sí se pueden distribuir en los 12 primeros meses del bebé, siempre y cuando se realice un preaviso de al menos 15 días.

¿Cómo solicitar el permiso de paternidad? 

En las oficinas de Seguridad Social, se puede solicitar la cita previa y consignar:

  • Presentar DNI o NIE.
  • Llevar representación legal si es necesario.
  • Libro de familia o certificación de inscripción del hijo cuando estos datos no consten en el Registro Civil.
  • Presentar la resolución judicial o resolución administrativa, en caso de adopción o acogimiento.
  • Certificado de la empresa donde aparezca la fecha de la suspensión por paternidad.
  • Incluir la documentación necesaria en caso de que sea: familia numerosa, familia monoparental, parado, discapacitado o si el recién nacido ha sido hospitalizado, el documento que lo certifique para la ampliación del descanso. 

¿Qué salario se percibe mientras disfrutamos del recién nacido? 

El beneficiario del permiso de paternidad tiene el derecho a cobrar el 100 por ciento de la base reguladora de su sueldo. Esto aplica durante todas las semanas que dura el permiso. 

Para calcular la base reguladora se debe sumar la base de cotización de los últimos seis meses y dividir el resultado entre 180 días. Esto será la cuota diaria, es decir, que sumándolas es lo que se cobrará mensualmente.

Es importante mencionar que el permiso de paternidad es un descanso remunerado, no se trata de una ayuda económica adicional que se recibe.

Dudas frecuentes sobre el permiso de paternidad. 

A continuación, responderemos las incógnitas que surgen cuando se va a asumir el permiso de paternidad, ya sea por nacimiento, acogimiento o adopción:

solicitud permiso paternidad

¿Es obligatorio acogerme al permiso? 

Actualmente el permiso de paternidad no es obligatorio, aunque se promueve con la finalidad de que el padre disfrute tiempo con su nuevo hijo durante los primeros meses de vida, no se encuentra obligado, es un beneficio al cual puede o no optar. 

Igualmente, es necesario decir que se prevé a futuro, con un nuevo decreto, que sea obligatorio el permiso. 

¿Puedo ceder parte de mi permiso?

En el caso del permiso de paternidad no existe la opción de ceder una parte del descanso y mucho menos el descanso completo. Quien lo solicite debe cumplir con el tiempo estipulado para el goce de semanas libres de trabajo. 

Sólo la madre tiene la potestad de conceder 2 semanas de su permiso al otro progenitor. 

¿Qué pasa si soy autónomo? 

En el caso de los trabajadores autónomos, se disfruta de la misma cantidad de tiempo del permiso, es decir, pueden tener 16 semanas de baja por paternidad. 

Entre los requisitos que debe cumplir: estar dado de alta y cotizando en la Seguridad Social, haber cotizado un mínimo de 180 días en los 7 años anteriores a la solicitud, no poseer deudas con las cuotas de autónomos, estar dado de alta en Hacienda y realizar la solicitud en los primeros 15 días desde el nacimiento, adopción o acogimiento del menor.

De igual manera recibirá el 100 por ciento de la base de la cotización.

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