Papeleta de Conciliación ¿Cómo hacerla y dónde presentarla?

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En el campo laboral, existen situaciones que conllevan a la ruptura de la relación entre la empresa y el empleado, razón por la cual en ocasiones es necesario acudir a la vía judicial para que se cumplan los acuerdos emanados por la ley.

Sin embargo, antes de hacer uso de la mencionada vía, es necesario que exista un proceso de conciliación entre el trabajador y la empresa y así evitar la intervención de un juez. A este proceso se le denomina papeleta de conciliación, y está contemplado en la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social.

¿Qué es la papeleta de conciliación?

La papeleta de conciliación es un documento que se debe presentar previo a la demanda ante un juzgado en el plano laboral, con el objeto de llegar a un acuerdo entre la empresa y el trabajador, sin tener que recurrir a la mediación de un juez.

¿Es obligatorio presentar la papeleta de conciliación?

La respuesta es sí, es obligatorio presentar la papeleta de conciliación. Los casos más comunes en los cuales es necesario presentar la papeleta son cuando el trabajador es despedido, en casos de sanciones disciplinarias o cuando se le debe salario al empleado.

modelo de papeleta de conciliacion por despido improcedente y reclamacion de cantidad

Sin embargo es importante destacar que, la ley establece que existen excepciones en las que no es prescindible presentar la papeleta, como lo es:

  • Cuando la demanda será contra una administración pública, incluyendo la Seguridad Social (SEPE INEM, TGSS, INSS). De presentarse esta situación, lo recomendable es presentar una reclamación previa.
  • Vacaciones
  • Movilidad geográfica
  • Cambio sustancial de las condiciones de trabajo
  • Reducción de jornada por causa objetiva
  • Suspensión del contrato
  • Conciliación de la vida familiar y laboral
  • Defensa de derechos fundamentales

¿Qué debe contener la papeleta de conciliación?

Los datos que debe contener una papeleta de conciliación son los siguientes:

  • Identificación de las partes:
  • Nombre, DNI y domicilio del trabajador
  • Nombre, CIF y domicilio de la organización o empresa
  • Número telefónico del trabajador o abogado que lo asista.
  • Descripción de la relación laboral entre el trabajador y la organización:
  • Función que desempeña el trabajador en la empresa
  • Tipo de contrato de trabajo: si es temporal o indefinido
  • Jornada completa o parcial de trabajo
  • Salario devengado por el trabajador
  • Antigüedad del trabajador
  • Convenio colectivo aplicable
  • Descripción precisa de los hechos y reclamaciones que se formulen, indicando la fecha de despido por ejemplo, y los motivos que atribuya la empresa.
  • Asistencia de abogado o graduado social, manifestado por escrito
  • El trabajador que realice la demanda, deberá firmar la papeleta de conciliación y colocar la fecha.
modelo papeleta conciliacion cmac

Modelo de papeleta de conciliación (Ejemplo)

Al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de

______________________________________________________

(Nombre del servicio de conciliación de la Comunidad correspondiente)

Ciudadano(a) _____________________, mayor de edad, portador de DNI_____________, con domicilio a efectos de notificación en____________________________, con teléfono___________________, comparezco ante este Organismo y como mejor proceda en Derecho,

Digo

Por medio del presente documento escrito, formulo Papeleta de Conciliación en materia de______________, siendo la demandada: ___________________________________, con CIF_________________, domicilio en________________________.

(En caso de ser varias empresas demandadas ponerlas todas).

Que deberá ser citada en la persona de su representante legal.

La presente papeleta de conciliación se basa en los siguientes,

Hechos

Primero. Ingresé en la empresa ____________________ en fecha___________, con categoría de_______________, devengando un salario de______________euros brutos, con prorrateo de pagos extraordinarios incluido.

Segundo. (En los siguientes se explicará lo más claramente posible los hechos:

  • En caso de despido: poner los hechos, motivo del despido, fecha en la que se recibió la carta de despido, fecha de efectos del despido, razones por las que no se está de acuerdo con el despido.
  • En caso de reclamación de cantidades: poner claramente que cantidades son, indicando detalladamente a que se corresponden y poniendo al final la cantidad total que se reclama. Por ejemplo: salario junio 2015 1.200 euros brutos, salario julio 2016 1.200 euros brutos, finiquito 650 euros brutos. Total: 3.050 euros brutos).

Tercero. (Se puede poner tantos hechos sea necesario para explicar los hechos y lo que se reclama).

Cuarto. No era representante de los trabajadores en la empresa/ Si era representante de los trabajadores en la empresa.

(Indicar si quien reclama era o no representante de los trabajadores).

Por lo expuesto,

Solicito al______________________ (poner el nombre del servicio de conciliación correspondiente), que teniendo por presentado este documento, con las copias que se acompañan, se sirva admitirlo, y cite a los interesados para la celebración del acto de conciliación, en el cual la empresa demandada deberá______________________________________ (poner lo que se reclama a la empresa).

Es de Justicia que pido en_____________ a___de________de 201__

Nota: si se quiere utilizar como referencia este ejemplo, todos los comentarios escritos dentro de paréntesis deberán ser eliminados.

¿Dónde se presenta la papeleta de conciliación?

Este importante documento se debe presentar ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC), el cual es el organismo encargado de tramitar los procedimientos referentes  a esta materia.

Debe depositarse la papeleta en la sede correspondiente a la provincia de residencia del trabajador, y puede hacerse de forma escrita o por vía telemática, es decir; a través de internet.

Es conveniente resaltar que el SMAC adquiere distintas denominaciones en algunas comunidades autónomas, por ejemplo en Asturias y Extremadura (UMAC), Castilla y León (SERLA), Islas Baleares (TAMIB), Cantabria (ORECLA) y Aragón (SAMA).

Plazos para presentar la papeleta de conciliación

El plazo establecido es el mismo empleado para presentar la demanda. Se pueden considerar como los plazos más importantes los de despido y reclamación de cantidades. En el primero (despido), se cuenta con 20 días hábiles para presentar la papeleta (sin contar sábados, domingos y días festivos).

En lo que respecta a la reclamación de cantidades, se cuenta con el plazo de 1 año para los salarios que no se han pagado.

Al presentar la papeleta es interrumpido este plazo, y en el supuesto de no llegar a ningún acuerdo, el plazo empieza a correr desde la fecha que se hace el Acto de Conciliación.

Procedimiento o acto de conciliación

El acto de conciliación es un procedimiento rápido que, habitualmente es celebrado dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la demanda, y consta de los siguientes pasos para llevarlo a efecto:

  1. Presentación de la papeleta de conciliación: consiste en presentar ante el órgano administrativo correspondiente, la papeleta.
  2. Traslado de la papeleta de conciliación a las demás partes: el órgano competente es el encargado de dar traslado de la papeleta a la empresa. Generalmente la comunicación se hace a través de correo certificado con acuse de recibo, informando el lugar, día y hora que se celebrará el acto de conciliación.
  3. Celebración del acto de conciliación: en este Acto, el Letrado Conciliador, sirve de mediador entre el trabajador y la empresa para que puedan lograr un acuerdo. El resultado puede ser:
    • Con avenencia: culminación del procedimiento con acuerdo entre las partes.
    • Sin avenencia: cuando no se consigue el acuerdo entre las partes.
  4. Intentada sin efecto: se refiere a la inasistencia al acto de conciliación por parte de la empresa. En este caso, el trabajador deberá presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. Si el Juez le da la razón al trabajador, impondrá los costes del proceso a la empresa, incluidos los honorarios del Abogado que haya intervenido en la conciliación.
  5. Incomparecencia del trabajador: en el caso que sea el trabajador quien no asista al acto de conciliación sin alegar causa que lo justifique, se considera no presentada la papeleta de conciliación, archivando el procedimiento.
  6. Acta de conciliación: finalizado el acto de conciliación, el Letrado se encarga de levantar el acta con los resultados correspondientes. Dicha acta debe ser firmada por el Letrado, el trabajador y la empresa.

De no conseguirse acuerdo con la empresa, deberá acompañar la demanda el Acta de Conciliación.

Si se llega a un acuerdo pero la empresa no cumple, se podrá reclamar el cumplimiento del Acta de conciliación ante el juzgado de lo social.

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