Inspección de trabajo – ITSS

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El organismo público que posee la función de velar el cumplimiento de las normas laborales, es conocido como Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Mediante este órgano de la Administración General del Estado se garantiza que los trabajadores sean asesorados ante la ley y, además que exista el arbitraje, mediación y conciliación en cuanto a los principios del Estado Social y democrático de derecho.

Los trabajadores de este ente, pertenecen al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y sus labores radican en garantizar la independencia técnica, objetividad e imparcialidad previstas en los convenios de la Ley. Al mismo tiempo deben apoyar, colaborar y gestionar todo lo relacionado con el desarrollo del cuerpo de subinspectores de Empleo y Seguridad Social.

Organización del ITSS y dependencias

En cuanto a la organización y las dependencias de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, conocida por las siglas ITSS, se conforma por el Consejo Rector y el Consejo General.
El Consejo Rector está integrado por representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. De manera general, se encarga de aprobar los lineamientos del organismo, de las normas presupuestarias y del personal de la dirección.

Consejo Rector

  • Ministro de Trabajo, ejerciendo la presidencia del Consejo.
  • Subsecretario de Trabajo, ejerciendo la vicepresidencia.
  • Director del Organismo, asumiendo la secretaría y presidiendo la Comisión Permanente.
  • Diecisiete vocales en representación de cada una de las Comunidades Autónomas, designados por el titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) a propuesta vinculante de aquellas.
  • Dieciséis vocales representando la Administración General del Estado, quienes poseen rngo mínimo de Director General, los designa el titular del MITES para ocupar los Departamentos a continuación:
  • Cinco integrantes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social (subsecretario incluido).
  • Cuatro integrantes por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Un integrante por el Ministerio de Justicia.
  • Un integrante por el Ministerio de Hacienda.
  • Un integrante por el Ministerio del Interior.
  • Un integrante por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  • Un integrante por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
  • Un integrante por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
  • Un integrante por el Ministerio de Igualdad.

Consejo General

El Consejo General se encarga de facilitar la participación institucional en el organismo de las Administraciones Públicas y los interlocutores sociales. Asimismo informa los acuerdos y propuestas que se han alcanzado en los diferentes órganos de la inspección y formula las propuestas y recomendaciones.

  • Ocho personas que representan las administraciones públicas.
  • Ocho personas que representan las organizaciones sindicales más representativas.
  • Ocho personas que representan las organizaciones empresariales más representativas.

Este último consejo es presidido por el Director del organismo, el cual se nombra por decreto real y entre sus funciones están la organización, dirección, planificación, coordinación y ejecución del organismo.

Estructura y dependencias ITSS

La ITSS contiene dos estructuras, que son la Estructura Central y la Estructura Territorial, las cuales están compuestas de la siguiente manera:

Estructura Central

Posee aquellos órganos con rango de subdirección general que dependen directamente del Director de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, tales como:

  • La Oficina Nacional de Lucha contra el Fraude: Impulsa y coordina la aplicación de medidas contra el trabajo no declarado, el empleo irregular, el fraude a la Seguridad Social.
  • La Subdirección General para la Coordinación de la Inspección del Sistema de Relaciones Laborales: Realiza el análisis de las infracciones y diseña la manera en que se va a prevenir, también coordina a la ITSS junto a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, de la AGE y de otros organismos. Y colabora con la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, con la finalidad de cumplir con los fines de la Fundación.
  • La Subdirección General de Relaciones Institucionales y Asistencia Técnica: Relaciona las instituciones del ITSS tanto nacional como internacionalmente y realiza su asistencia técnica, convoca para las pruebas selectivas, realiza auditorías internas y elabora el programa editorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • La Secretaría General: Se encarga de la administración diaria del Organismo Estatal en lo que se refiere a recursos humanos, medios materiales, presupuesto y su ejecución y la seguridad del organismo.
  • La Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Se encarga de preparar y diseñar los cursos, másteres y programas de postgrado de formación del personal de la Inspección y otros empleados públicos con competencias inspectoras.

Estructura Territorial

Se refiere a la manera en que se encuentra desplegado en todo el territorio nacional el ITSS: en total suman 17 como cada comunidad autónoma.

En esta dirección se desarrollan las actuaciones inspectoras de su competencia, además de esto también se encarga de realizar la dirección y coordinación de la actuación de las Inspecciones Provinciales, dentro del territorio de cada Comunidad Autónoma.

Qué funciones tiene la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Vigilar y exigir que se cumplan las normas legales, reglamentarias y también los convenios colectivos, en los siguientes aspectos:

  • Las relaciones laborales
  • La inclusión de los trabajadores en la Seguridad Social
  • Que la empresa cumpla con todas las medidas de seguridad y que tales medidas se encuentran en perfecto estado
  • Que la contabilidad sea transparente y justa
  • Que los horarios sean justos para los trabajadores y no trabajen extra
  • Por último, que quienes cobren prestaciones y subsidios sigan dentro de los exigido por la ley.

Legislación actual del ITSS

La Inspección del Trabajo históricamente ha tenido un progresión en cuanto al marco legal que lo respalda, inicialmente con el Tratado de Versalles, fue la creación de la Organización Internacional del Trabajo el 11 de abril de 1919 y en cada Estado se debía “organizar un servicio de inspección, en esa oportunidad se contó con la participación de mujeres, con la finalidad de velar por la aplicación de las leyes y reglamentos para la protección de los trabajadores”.

Posteriormente, por la Ley de 21 de julio de 1962, el Convenio nº 81 de la propia Organización Internacional del Trabajo, de 1947 (ratificado por España en 1960), se definieron los principios generales que regulan la institución.

Actualmente, es la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social la que se encarga de regular la Inspección del Trabajo, la misma fue aprobada por Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero.

Como actúa la inspección de trabajo

De manera específica, el procedimiento que realiza la Inspección de Trabajo consiste en realizar una visita, exista o no alguna denuncia ya que puede tratarse solo de un control de rutina, tampoco es necesario anunciar dicha visita.

como mandar una inspeccion de trabajo

En este tiempo de visita puedes acompañar al inspector, explicarle cada elemento que sea necesario, como los puestos de trabajo y las funciones de los empleados que los ocupan.

También solicitará documentos como justificante que certifique la inscripción de la empresa en la Seguridad Social, justificante conforme se está pagando a la Seguridad Social, documento acreditativo del IAE, escritura de constitución de la sociedad, entre otros.

Las razones por las que puede el inspector sancionar a una empresa son:

Faltas leves

Retrasarse al momento de cumplir las obligaciones de información, comunicación o comparecencia, esto como una falta leve.

Faltas graves

Las faltas graves recaen cuando el empresario se niega darle entrada al inspector, es decir, cuando e obstruye de alguna manera la visita de Inspección de Trabajo. También si se niegan a identificarse o a alguno de los empleados.

Si existe coacción, amenaza o violencia establecida sobre los Inspectores o Subinspectores, será tomado como una falta.

Medidas que puede tomar la inspección de trabajo ante alguna infracción

En cuanto a las medidas que se toman una vez realizada una visita si el la empresa presenta alguna irregularidad, principalmente se levanta un acta de infracción que puede realizarse en un plazo de 9 meses después de la visita. Una vez recibida la notificación es necesario que el empresario se presente en los próximos 15 días hábiles para alegar a favor de su posición.

Resulta primordial que el acta sea bien revisada para comprobar que no existan acusaciones falsas o planteadas de manera beneficiosa para alguna de las partes.

En caso de que el empresario no asista, independientemente de la razón, el procedimiento continúa con su curso, es decir, que la inspección de trabajo se asumirá como cierta la sancion, o sanciones, de las que se le acusan y repercutirá más adelante legalmente sobre la empresa. Por ello es recomendable mantener los permisos, documentos y certificaciones al día para evitar sanciones.

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