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Rescisión por incumplimiento del preaviso
RESUMEN: 1. Prólogo – 2. Las circunstancias de los hechos – 3. La situación de los derechos humanos – 3.1 Los motivos del recurso. – 3.2 Apreciación preliminar de la Sala de Recurso – 3.3 Procedimiento lógico-jurídico del Tribunal de Recurso – 3.4 Buena fe y abuso de derecho – 5. Conclusiones y principio de derecho.
El Tribunal de Apelación, basándose en estos elementos y razonando sobre la base del principio de buena fe en virtud de los artículos 1175 y 1375 del Código Civil italiano, consideró que las rentas devengadas no eran exigibles desde la fecha del primer requerimiento de pago, realizado en julio de 2011, hasta la liberación del inmueble, que tuvo lugar en diciembre de 2013.
En la sentencia en comento, el Tribunal de Casación, en primer lugar, subrayó que los cuatro motivos de casación debían ser analizados conjuntamente por estar conectados a una misma cuestión jurídica, señalando, en este sentido, que el perfil de la prescripción, planteado en los motivos tercero y cuarto de casación, tenía una relevancia residual, tanto desde el punto de vista gradual como lógico, respecto a la calificación jurídica del caso, objeto del proceso.
Rescisión del contrato de arrendamiento por parte del arrendador (segundo plazo)
Contrato de arrendamiento: guía para la resolución anticipada con el modelo RLI. Tanto el propietario como el inquilino pueden rescindir el contrato de alquiler antes de la fecha de vencimiento: aquí tienes las instrucciones para hacerlo y los plazos que hay que cumplir.
Otra consecuencia para el inquilino que rescinde por motivos graves podría ser la reclamación de los daños y perjuicios sufridos por el arrendador debido a la rescisión anticipada. La carga de la prueba de la actuación del inquilino recae en el propietario.
Retirada del contrato de alquiler antes de seis meses
De los recursos interpuestos, principal e incidentalmente, por todas las partes del caso, el tribunal de apelación de Bolonia confirmó el de los arrendadores, declarando resuelto el contrato de arrendamiento.
No se ajusta a derecho -y es contraria a la jurisprudencia de este tribunal regulador- aparece, en efecto, el pronunciamiento de resolución del contrato de arrendamiento por presunto incumplimiento grave del inquilino consistente en “la sustitución ilegítima del inquilino por otro, sin el previo consentimiento del propio arrendador”.
El tribunal, tras acumular los recursos de casación, estima el primer motivo s del recurso de casación principal, estima el segundo motivo s del recurso de casación cruzado, en el que se estiman los motivos del recurso de casación cruzado, desestima el asunto en relación con éste y lo remite, también para las costas del procedimiento de casación, al Tribunal de Apelación de Bolonia en otra composición.
Contrato de arrendamiento 4+4
El Juzgado de Génova, en su sentencia nº 3456/2015, declaró la resolución del contrato de arrendamiento de uso residencial suscrito entre C.N y A.R.T.E de Génova, por incumplimiento del inquilino C., al que se le ordenó desalojar la vivienda.
En esta ocasión, el Tribunal de Génova consideró que la cláusula de rescisión expresa del artículo 22 del contrato suscrito por las partes era inválida, en la medida en que preveía de forma general la rescisión ipso iure por cualquier incumplimiento del contrato, pero que, sin embargo, había existido un incumplimiento del contrato, relevante para la rescisión, por infracción del artículo 2 del contrato, que prohíbe al inquilino actuar y comportarse de manera que cause molestias a los demás habitantes del edificio, así como del artículo 1587 del Código Civil, según el cual el inquilino debe observar la diligencia de un buen padre de familia en el uso de la vivienda.
El incumplimiento constatado por el Tribunal de Génova fue que el inquilino había acosado a los vecinos, como lo demuestran las declaraciones de la vecina Ca. En., de su marido S.R., de la vecina Sa.Gi y de la vecina G.B., que denunciaron insultos del inquilino a Ca. y pintura blanca en la puerta de esta última, así como la colocación en la puerta de C. de carteles insultantes para los vecinos.