Horas extraordinarias estatuto de los trabajadores

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Artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores

En cuanto a la organización del trabajo y la jornada laboral, el artículo 10 del Estatuto de los Trabajadores establece que los estudiantes trabajadores no están obligados a realizar horas extraordinarias ni días festivos, y en el caso de que se trabaje a turnos, éstos deben fijarse de forma que no obstaculicen la asistencia al curso en el que están matriculados y la preparación de los exámenes previstos.

La misma ley prevé un permiso retribuido para ausentarse del trabajo en los días de exámenes, incluidos los universitarios. Para poder beneficiarse de ella, es necesario obtener la correspondiente certificación de asistencia al examen, indicando el lugar y la fecha.

Los convenios colectivos del sector privado también prevén, por lo general, permisos adicionales que pueden solicitarse por motivos de estudio y, en particular, para asistir a cursos que coincidan con el horario de trabajo (algunos CCNL conceden estos permisos aunque no coincidan con el horario de trabajo).

Artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores

En otras palabras, ésta adquiere, junto con la empresa, también las relaciones laborales relacionadas, que continúan inalteradas bajo su empleo. La misma regla se aplica si la transferencia no afecta a la empresa en su conjunto, sino a una rama autónoma de la misma.

Los citados principios, inequívocamente recogidos en el artículo 2112 del Código Civil, permitieron al Tribunal de Casación resolver el litigio planteado contra un empresario que, habiendo adquirido una sucursal de una empresa, se había negado a reconocer como RSU al trabajador que ocupaba ese cargo y que, formando parte de la sucursal transferida, había pasado a su empleo, negándole así el ejercicio de los derechos sindicales.

De hecho, el empresario consideró que este trabajador había perdido ese cargo y los derechos correspondientes, ya que él y los trabajadores que lo habían elegido habían pasado a formar parte de un contexto empresarial diferente. Por el contrario, en la sentencia nº 6723 de 3/5/03, el Tribunal condenó a dicho empresario por su conducta antisindical.

Artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores

Gino Giugni recordaba su experiencia ministerial con estas palabras: <<Fue un momento excepcional, tal vez el único en la historia del derecho en Italia: fue la primera vez que los juristas no se limitaron a desempeñar su cargo como “secretarios del príncipe”, como técnicos al servicio de la institución, sino que pudieron operar como auténticos especialistas en racionalización social, elaborando una propuesta política de derecho>> (3).

La propuesta de la CGIL de Giuseppe Di Vittorio, con sus contornos, sólo jurídicamente, no bien definidos, debe ser contextualizada en el período de algunos años posteriores a la promulgación de la Constitución e inmediatamente después de la división sindical.

La Constitución, compuesta por normas de principio sin un aparato sancionador adecuado, no era suficiente para hacer realidad los derechos de los trabajadores. Tampoco ayudó el Código Civil, fruto de otra época y de otra cultura jurídica, no democrática, que no afirmaba derechos, sino que construía un tejido de normas sobre la aplicación de la relación laboral, al igual que cualquier relación obligatoria y contractual, en pie de absoluta igualdad entre empresario y trabajador.

Estatuto de los Trabajadores pdf

“Petición de decisión prejudicial – Política social – Protección de la seguridad y la salud de los trabajadores – Ordenación del tiempo de trabajo – Artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Directiva 2003/88/CE – Artículos 3 y 5 – Períodos de descanso diario y semanal – Artículo 6 – Duración máxima del tiempo de trabajo semanal – Directiva 89/391/CEE – Seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo – Obligación de establecer un sistema que permita medir la duración del tiempo de trabajo diario realizado por cada trabajador

relativa a la petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Audiencia Nacional, mediante resolución de 19 de enero de 2018, recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 29 de enero de 2018, en el procedimiento

“Los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias para garantizar que los empresarios, los trabajadores y los representantes de los trabajadores estén sujetos a las disposiciones legales necesarias para la aplicación de la presente Directiva”.

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