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La definición de Habeas Corpus se refiere al derecho que posee un ciudadano ante una detención ilegal. Esto quiere decir que protege a quien pueda ser inocente garantizando que pueda comparecer ante un juzgado que defina si el procedimiento en efecto continúa o se debe detener por no tener un motivo legal justificado.
¿Quién puede solicitar un Habeas Corpus?
Según el Artículo 3 de la Ley Orgánica 6/1984, el Habeas Corpus puede ser solicitado mediante distintas instancias, estas son:
a) El ciudadano detenido. Su cónyuge, pareja de hecho, novio/a, descendientes (hijos, nietos), ascendientes (padres, abuelos), hermanos. Si el detenido fuese menor o incapacitado deberán solicitarlo sus representantes legales (padre, madre o tutor).
b) El Ministerio Fiscal.
c) El Defensor del Pueblo.
d) También, lo podrá iniciar, de oficio, el Juez competente.
Dudas frecuentes sobre el Habeas Corpus
El Habeas Corpus debe ser solicitado en las primeras 24 horas, en respuesta el juez debe tomar la decisión luego de presentados los trámites correspondientes. Luego se planifica un encuentro con el detenido para ser escuchado.
Adicionalmente también se oirá a la otra parte a fin de tener un panorama completo de la situación y puede solicitar las pruebas que crea pertinentes para determinar el fallo final.
Dudas frecuentes sobre el Habeas Corpus
Por ser un procedimiento legal, suelen surgir muchas dudas acerca de los procedimientos, soluciones y demás aspectos relacionados a este derecho, como por ejemplo:
¿Qué es una detención ilegal?
Se considera detención ilegal cuando no haya ningún requerimiento de la ley para detener al ciudadano. También cuando se realiza la detención fuera de una comisaría o centro de detención. Si el caso fuera que se alargue injustificadamente un período de detención para investigaciones y por último cuando se irrespetan los derechos constitucionales y los garantizados.
¿Cómo se hace una solicitud de Habeas Corpus?
Para iniciar el procedimiento, que debe hacerlo alguna de las personas ya mencionadas, debe ser por escrito o una comparecencia verbal.
Allí deben especificarse los siguientes datos:
a) Nombre y razones por las que se solicita el amparo ante la autoridad judicial que regula la ley del habeas corpus.
b) Lugar en el que se encuentra privado de libertad.
c) Autoridad bajo la cual se encuentra custodiada.
d) Motivo concreto por el que se pide Habeas Corpus y cualquier otra observación e información relevante.
¿Qué resolución puede tomar el juez ante un Habeas Corpus?
Luego de escuchar ambas partes, el juez puede llegar a cualquiera de estas soluciones: decidir que el detenido quede en libertad, que continúe en la misma situación hasta su puesta a disposición judicial o que ordene la inmediata puesta a disposición judicial si ya hubiese transcurrido el plazo máximo de su detención.