Fin de contrato estando de baja

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Después de 6 meses de enfermedad, ¿qué ocurre?

Si no es posible la transmisión telemática, el trabajador deberá, en el plazo de dos días a partir de la fecha de expedición, presentar o enviar al Inps el certificado de enfermedad en papel (que contiene el diagnóstico y el pronóstico) y el certificado (que contiene únicamente el pronóstico) a su empresario.

A este respecto, cabe destacar una sentencia del Tribunal Supremo de Casación, según la cual es una de las obligaciones del trabajador, ausente del trabajo por enfermedad, no sólo notificar puntualmente su ausencia a su empleador, sino también verificar que el procedimiento telemático de transmisión del certificado de enfermedad al INPS por parte del médico que lo atiende se ha realizado correctamente (también, posiblemente, solicitando el número de identificación del protocolo telemático del certificado). A falta de este cumplimiento, cuando se constata que el Inps no recibió el certificado de enfermedad y que, por tanto, el empresario no pudo realizar el correspondiente control, el despido disciplinario anunciado por ausencia injustificada prolongada es plenamente legítimo (cass. 15226/2016).

Entradas por enfermedad

ley de tiempo de trabajo. Puede encontrar más información en las preguntas frecuentes.Tenga en cuenta: si vive en un hogar con personas de las que es responsable de la educación, el cuidado y la asistencia, no se aplica la normativa sobre el tiempo de trabajo. Esto no significa que tenga que estar a disposición de su empleador las 24 horas del día. Si tienes la sensación de que tu empleador te explota y te maltrata, debes acudir a una oficina de asesoramiento cercana. Para los mineros que trabajan bajo tierra, las pausas de descanso forman parte de la jornada laboral.

folleto de derecho laboral – información para trabajadores y empresarios. También puede ponerse en contacto con la centralita telefónica para ciudadanos del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales en el número 030 / 221 911 004 (de lunes a domingo, de 8 a 20 horas).

Quién paga la enfermedad

En caso de enfermedad, el trabajador deberá avisar a la empresa dentro del primer día de ausencia (fin de turno), comunicando el domicilio en el que se encuentra si es diferente al conocido por la empresa, y enviar el protocolo de certificado médico dentro del segundo día desde el inicio de la ausencia.

Los mencionados periodos de conservación del puesto de trabajo y los motivos de prórroga se entenderán referidos al total de ausencias producidas en los tres años anteriores a cada nuevo episodio morboso.

Además, las empresas abonarán al trabajador ausente por enfermedad o accidente no laboral, en el marco del mantenimiento del empleo, una integración de lo que el trabajador percibe, en virtud de las disposiciones legislativas y/o de otras normativas, hasta la remuneración neta total normal que habría percibido si hubiera trabajado, efectuando los ajustes pertinentes al final del período de tratamiento contractual.

Los periodos de hospitalización que duren más de 10 días ininterrumpidos se abonarán con el salario íntegro, además de la paga anterior, hasta un máximo de 61 días naturales.

Vacaciones y enfermedad durante el aviso de dimisión

En la jurisprudencia existen dos orientaciones respecto a la indicación de la superación del período de devengo: una primera orientación sostiene que es suficiente que el empresario indique el número máximo de días de ausencia por enfermedad; una segunda orientación sostiene, en cambio, que el empresario debe indicar los días individuales de enfermedad.

La jurisprudencia mayoritaria sostiene que el empresario no tiene obligación de informar al trabajador de la inminente superación del período de devengo; una opinión minoritaria (en este sentido, el Tribunal de Milán) sostiene en cambio que, en aplicación de los deberes de buena fe y equidad, el empresario debe comunicar la inminente superación del período de devengo con una antelación suficiente.

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