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El atentar contra la vida humana es un delito, y más grave aún se convierte el hecho de que ésta sea arrebatada por diversas causas menos, la muerte natural. En este sentido, se hace referencia al homicidio y asesinato, dos crímenes que agreden la vida humana, y cuyas figuras jurídicas son concebidas de manera distinta ante la ley, al igual que sus castigos, los cuales con penados de manera diferente.
En este artículo encontrarás la información necesaria para documentarte adecuadamente sobre la diferencia que existe entre los delitos de homicidio y asesinato.
Principales diferencias entre homicidio y asesinato
A continuación, se explicarán detalladamente en qué consiste cada uno.
El homicidio es un delito contra la vida humana que se consuma cuando una persona mata a otra.
Por su parte, el asesinato es un delito contra la vida humana que consiste en matar a otro bajo circunstancias específicas.
¿Qué es el homicidio y que lo diferencia del asesinato?
Este delito aparece tipificado en el artículo 138 del Código Penal, y sucede cuando una persona causa la muerte de otra.
Ahora bien, si el autor tiene la intención de matar, estaría incurriendo en un homicidio a secas o doloso. Por otra parte, si la muerte ocurre como consecuencia de una imprudencia, entonces se trata de un homicidio involuntario o culposo. Un ejemplo de este tipo de homicidio es el de un accidente de tráfico, muerte por negligencia médica o un accidente de trabajo por falta de seguridad.
¿Qué es el asesinato y por qué es diferente del homicidio?
Este delito está tipificado en el artículo 139 del Código Penal, y es concebido como un delito más grave que el homicidio a causa de las circunstancias bajo las cuales se realiza.
En este sentido, son tres las circunstancias por las cuales se comete un asesinato. A continuación se explican:
Alevosía
Se comete este delito cuando se emplea una forma para evitar que la persona pueda defenderse. Por ejemplo, cometer el delito por la noche cuando la o las victimas estén durmiendo, llevar a la víctima a un lugar donde no pueda pedir auxilio y el autor se beneficie de ello, matar a niños recién nacidos, ancianos desvalidos, discapacitados, etc.
Ensañamiento
Consiste en incrementar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, provocando un padecimiento innecesario para causar su muerte. Un ejemplo de ellos es propinar varias puñaladas a la víctima y que sea la última puñalada la causante del fallecimiento.
Por el contrario, no sería considerado ensañamiento si es la primera puñalada la que ocasiona el deceso, puesto que el resto de las puñaladas que se pudieron haber hecho no generaron ningún sufrimiento en la victima ya que la misma está muerta.
Concurrencia de precio, recompensa o violencia
Ocurre cuando la persona que ha cometido el delito lo ha hecho con la intención de obtener algo a cambio, considerándose el móvil económico como el más común.
Diferencias según la Calificación de la pena
Además de la tipificación legal del delito de homicidio y el asesinato, existe otra diferencia, y es la relacionada con la aplicación de la pena, ya que varía según la legislación española.
Pena por homicidio doloso
Por ser este delito de naturaleza menos grave que el asesinato, las penas para éste resultan ser más leves, considerándose de 10 a 15 de prisión.
Pena por homicidio agravado
Este homicidio es castigado con la pena superior en grado en los siguientes supuestos:
- Si la víctima es menor de 16 años o se trata de una persona especialmente vulnerable por motivo de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Si el hecho es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
- Que el delito sea cometido por el miembro de un grupo u organización criminal.
Pena por delito de asesinato
La pena por delito de asesinato es de 15 a 25 años de prisión. En caso de que concurran más de una de las circunstancias del articulo 139 (alevosía; por precio, recompensa o promesa; con ensañamiento aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido; para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra), se impondrá la pena en su mitad superior.
Por su parte, será castigado con pena de prisión permanente revisable en caso de concurrir en una de las siguientes circunstancias del artículo 140.1 del Código Penal:
- Que la víctima sea menor de 16 años o se trata de una persona especialmente vulnerable por motivo de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Si el hecho es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
- Que el delito sea cometido por el miembro de un grupo u organización criminal.