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Permiso parental
La Ley nº 92, de 28 de junio de 2012, introdujo las bajas obligatorias y las optativas, que luego fueron reguladas por el Decreto de 22 de diciembre de 2012 del Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales. Las medidas introducidas con carácter experimental para el trienio 2013-2015, luego para los años siguientes y prorrogadas anualmente por medidas posteriores se convirtieron en estructurales y estabilizadas, a partir de 2022 con la Ley de Presupuestos de 2022 (artículo 1, párrafo 134, Ley nº 23 de 30 de diciembre de 2021)
Los trabajadores agrícolas con contrato de duración determinada pueden solicitar el permiso parental durante el primer año de vida del niño si han trabajado 51 días en la agricultura en el año anterior. Para los años posteriores al primero y hasta el sexto (para los periodos de permiso compensable) y hasta el duodécimo (para los periodos de permiso utilizable) se puede solicitar el permiso parental si se tiene la condición de trabajador (inscripción en las listas agrarias y 51 días de trabajo en la agricultura) en el año anterior al hecho o, en el mismo año si se trabajan todos los días antes del inicio del permiso.
Permiso parental 9 meses
La llegada de un hijo proporciona a las madres trabajadoras una serie de derechos y facilidades por ley. Esta protección se extiende a todas las categorías laborales, pero también tiene en cuenta a las mujeres desempleadas.Permiso obligatorio
Los seis meses pueden convertirse en 10 si el otro progenitor que trabaja también quiere cogerlo. Las familias monoparentales tienen derecho a disfrutar de los 10 meses completos. En caso de gemelos, los meses de permiso parental se duplican.
Durante el primer año de vida del bebé, la madre tiene derecho a dos horas diarias de ausencia del trabajo remuneradas para poder amamantar al niño. Estas horas pueden tomarse de forma conjunta (entrar dos horas más tarde o salir dos horas antes del trabajo, por ejemplo) o de forma fraccionada (por ejemplo, una hora de entrada y otra de salida) y si la madre no hace uso de ellas, puede disfrutarlas el padre.
Las madres trabajadoras precarias con al menos tres meses de cotización en el periodo comprendido entre los 18 y los 9 meses anteriores al parto (o a la colocación de un hijo adoptivo o acogido en la familia) tienen derecho a un subsidio de aproximadamente 1.500 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido. En el caso de la adopción
Incorporaciones opcionales por maternidad
Los empleados pueden pedir la baja por enfermedad cuando caen enfermos y no pueden ir a trabajar. También pueden disfrutar de un permiso para atender a una persona enferma o lesionada.
Los trabajadores pueden disfrutar de una excedencia por motivos familiares graves (excedencia por cuidado de personas) para asistir o cuidar a una persona que viva con ellos o a un familiar cercano (por ejemplo, el cónyuge, la pareja, los padres, los padrastros, los hijos, los hermanos o los abuelos). La persona debe estar enferma o lesionada o necesitar asistencia debido a una emergencia inesperada.
Los empresarios pueden exigir a los trabajadores que demuestren los motivos de dicho permiso. Suele adoptar la forma de un certificado médico o de una declaración reglamentaria.
Los empleados a tiempo completo y a tiempo parcial tienen derecho a 10 días de baja por enfermedad o por motivos familiares graves al año. El importe de las vacaciones depende del número de horas efectivamente trabajadas cada semana. Las vacaciones no disfrutadas al final de un año se suman a las del año siguiente.
Permiso de paternidad Inps
Mediante la Circular nº 333-A/9817.b.(4), de 15 de abril de 1986, el Departamento de Seguridad Pública indicó los límites máximos que debían respetarse en caso de fallecimiento de familiares cercanos (8 días si se trata de la misma región de servicio, 10 en los demás casos) o de peligro grave para la vida de dichos familiares (4 y 6 días respectivamente).
Todos los trabajadores tienen derecho a un permiso no superior a dos años, continuos o fraccionados, durante su vida laboral, por motivos graves y documentados relacionados con “el trabajador y su familia…”.
El artículo 70 siguiente establece que, a efectos de determinar la duración máxima, se suman dos períodos de permiso por motivos familiares cuando entre ellos no haya un período de servicio activo superior a seis meses.
El artículo 17 de la Ley nº 53/2000 también deroga el artículo 7 de la Ley nº 903/1977, que establecía que el padre podía hacer uso de la licencia opcional sólo si la madre era una empleada que renunciaba a dicha prestación.