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Ausencia por enfermedad contrato de duración determinada
Por lo general, se establecen sólo en respuesta a acciones realizadas por usted que constituyen una solicitud de servicios, como la configuración de las preferencias de privacidad, el inicio de sesión o la cumplimentación de formularios.
n) Si el contrato de arrendamiento de personal establece que las obligaciones establecidas en el apartado 5 del artículo 23 del Decreto Legislativo nº 276/2003 deben ser cumplidas por la empresa usuaria, el contrato de arrendamiento de personal deberá contener la indicación correspondiente.
La información al trabajador sobre la duración de la prórroga deberá facilitarse, salvo por razones de urgencia, con 5 días de antelación al plazo inicialmente previsto o posteriormente prorrogado, y en todo caso nunca con menos de 2 días.
En el caso de suministro de mano de obra en empresas que apliquen convenios colectivos sectoriales que prevean una duración máxima de la relación laboral de duración determinada, se aplicará la duración prevista en el contrato aplicado por el usuario.
Contrato de trabajo: el aprendiz es contratado por la Agencia mediante un contrato de aprendizaje profesional, que se realiza según un curso de formación en el mismo usuario y se redacta por escrito.
Enfermedad de la empresa temporal
En primer lugar, el trabajador debe notificar al empresario con la debida antelación su ausencia por enfermedad. A continuación, corresponde a los distintos convenios colectivos nacionales determinar con mayor precisión el plazo en el que debe efectuarse esta notificación.
El trabajador debe notificar al empresario con la debida antelación su ausencia por enfermedad. La mayoría de los convenios colectivos establecen los plazos precisos en los que debe realizarse dicha notificación.
Del mismo modo, la enfermedad causada por una falta grave del trabajador también se considera una enfermedad que puede protegerse en virtud del artículo 2110 del Código Civil (Tribunal de Casación de 20 de enero de 1975, nº 232), incluso si es consecuencia de un consumo prolongado de alcohol o drogas (Tribunal de Casación de 13 de febrero de 1997, nº 1314) o de un intento de suicidio (Circ. INPS de 1.3.1984, nº 45).
Además, durante los periodos de baja regulados por el artículo 31 de la Ley 300/1970 S.L. (baja sindical), el interesado, en caso de enfermedad, conserva el derecho a percibir las prestaciones previstas en la ley con cargo a los organismos competentes.
Enfermedad surgida el primer día de trabajo
El trabajador debe hacer redactar el certificado de enfermedad en dos ejemplares emitidos por el médico que lo atiende y en el plazo de dos días, una vez cumplimentado por el médico, debe enviar el primer ejemplar a su oficina del Inps (su lugar de residencia habitual) y el segundo a su empresario.
El trabajador enfermo debe permanecer en su domicilio a disposición de las posibles revisiones de los médicos del Inps, en las siguientes franjas horarias: de 10 a 12 horas y de 17 a 19 horas, incluidos domingos y festivos.
Expiración del contrato durante la enfermedad covídica
Si al final del año natural hay días de vacaciones devengados pero no disfrutados, los días restantes deben tomarse dentro de los 18 meses siguientes, salvo que el trabajador acepte posponer este plazo.
En la Circular nº 8 de 8 de marzo de 2005, el Ministerio de Trabajo aclaró que se debe garantizar al trabajador un periodo de al menos dos semanas, que se tomarán ininterrumpidamente durante el año de devengo, a petición del trabajador.
Es evidente que los convenios colectivos, incluidos los de empresa, pueden establecer condiciones más favorables para los trabajadores; de hecho, casi todos los convenios prevén un periodo superior a cuatro semanas.-
Se debe a los trabajadores industriales, artesanales y agrícolas, a los trabajadores del sector terciario y a los oficinistas, a los jóvenes contratados con contratos de inserción, a los trabajadores parasubordinados y a los aprendices.
El INPS ha establecido normas al respecto; en general, la enfermedad durante las vacaciones las suspende, a menos que el empresario pueda demostrar que el trabajador podría seguir disfrutándolas.-