Contrato de Agencia. Qué es y modelo para descargar

VER CONTENIDO✍

De acuerdo al artículo 2 de la Ley 12/1992, de 27 de mayo, se define el contrato de agencia como aquel en el que “una persona natural o jurídica, denominada Agente, se obliga frente a otra, de manera continuada o estable y a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones”.

Esta ley tiene carácter obligatorio, de manera tal que, los pactos de las partes deben adaptarse a todas sus disposiciones, a menos que se establezca expresamente en dicha ley, la no obligatoriedad de determinados clausulas.

También te puede interesar: modelo de contrato mercantil en España

Ley de contrato de agencia

Es importante tener presente que el contrato de agencia se crea para distinguir al Agente de figuras semejantes al mismo, además, no puede dejarse de lado el hecho de que esta ley se aplica a cualquier modalidad del contrato, quedando establecido las obligaciones tanto del agente como el empresario, retribuciones y otros asuntos de interés que le imprimen el carácter de obligatoriedad del contrato.

Independencia por parte del agente

Se entiende que el agente es un intermediario independiente que no está en posición de asumir (a menos que se establezca en el contrato) el riesgo y ventura de las operaciones comerciales que realice, mas sin embargo, debe organizar tanto su actividad profesional como el tiempo empleado en la misma, de acuerdo a sus criterios.

que es un contrato de agencia

Por otra parte, no serán considerados agentes aquellos representantes de comercios dependientes, ni otra persona que realice la actividad procedente de una relación laboral.

En este sentido, el agente posee independencia en cuanto a su actividad laboral, por lo cual podrá proceder por cuenta y en nombre de diversos empresarios, siempre que no exista un convenio de exclusividad a favor de uno de ellos, que es frecuente sobre todo tratándose de un territorio determinado.

Obligaciones

Dentro de las obligaciones se encuentran las del agente y las del empresario.

Obligaciones del agente: en lo que respecta a este punto, el agente debe actuar de buena fe y garantizar los intereses de su(s) representado(s), siendo sus obligaciones:

  • Dedicarse a la promoción y venta encomendada.
  • Mantener al empresario informado acerca de lo imprescindible para llevar a cabo una buena gestión comercial y, solvencia de futuros compradores.
  • Seguir las instrucciones del empresario siempre y cuando no se vea en riesgo su independencia.
  • Llevar de manera independiente la contabilidad de cada uno de sus empresarios.
  • Atender los reclamos de sus compradores en nombre de los empresarios.

En cuanto a las obligaciones del empresario, este tiene que:

  • Proveer al agente de catálogos, muestras, tarifas y toda la información necesaria para ejercer su actividad.
  • Facilitar al agente la información necesaria para el desarrollo de la actividad, y hacer de su conocimiento que el volumen de operaciones será menor al que éste espera.
  • Notificar al agente en un plazo de 15 días la aceptación o rechazo de las operaciones que le comunique.
  • Notificar al agente considerando el producto vendido, la ejecución del contrato total, parcial o si no se ejecuta.
  • Pagar al agente las remuneraciones según el contrato.

Prohibición de la competencia

Se refiere al desarrollo de la actividad profesional por cuenta de varios empresarios (esto salvo pacto en contrario). De cualquier forma, el agente deberá solicitar consentimiento al empresario con quien celebró el contrato de agencia, para celebrar por su cuenta o por cuenta de otro empresario, una actividad profesional que esté relacionada con bienes o servicios que sean de igual naturaleza o competitivos.

También se podrán establecer en el contrato de agencia, ciertas restricciones relacionadas con la actividad profesional a ejecutar por el agente, una vez haya caducado el contrato. En este sentido, el pacto de la competencia deberá tener una duración de 2 años, que serán contados desde el vencimiento del contrato de agencia.

En caso de que el contrato se haya pactado por un tiempo menor al referido, el pacto de limitación de la competencia no podrá sobrepasar 1 año, formalizándolo por escrito para que pueda adquirir validez y extenderse a la zona geográfica o donde se encuentre el agente, y al grupo de personas confiadas a éste, afectando solo a la clase de bienes o servicios objeto de las operaciones promovidas por dicho agente.

Retribución

Para explicar el proceso de retribución es necesario conocer las formas por las cuales se puede llevar a cabo; ésta puede tratarse de una cantidad fija o, de una comisión, o   combinación entre ambas.

Por lo tanto, el agente tendrá derecho a la comisión por los actos y operaciones concluidas durante la vigencia del contrato de agencia cuando:

  • El acto u operación comercial hayan concluido como producto de la intervención profesional del agente.
  • El acto u operación comercial hayan concluido con una persona respecto de la cual el agente hubiera promovido, o, concluido con anterioridad un acto de naturaleza analógica.

Ahora bien, en función de los actos u operaciones comerciales que se hayan terminado después de la culminación del contrato de agencia, el agente tendrá derecho a la comisión cuando:

  • El acto u operación comercial se deban primordialmente a la actividad desarrollada por el agente en el tiempo que dure el contrato, siempre y cuando hayan concluido en el lapso establecido de 3 meses siguientes de la extinción del mencionado contrato.
  • Que el empresario o el agente hayan recibido el encargo antes de la extinción del contrato de agencia, siempre y cuando el agente hubiera tenido derecho a percibir la comisión de haberse terminado el acto comercial durante la vigencia del contrato, de manera inmediata o parcial, o en su defecto, pagar la comisión el último día del mes siguiente el acto natural en que se hubiera devengado, a menos que haya decidido pactarlo en un plazo inferior.

¿Qué sucede si se extingue el contrato de agencia?

Por clientela

En caso de que el agente haya proporcionado nuevos clientes si empresario o aumentado operaciones con la clientela  preexistente, éste tendrá  derecho a una indemnización, siempre y cuando su actividad anterior pueda continuar produciendo ventajas sustanciales al empresario, siendo viable por la existencia de pactos de limitación de competencia, por las comisiones que pierde o por las situaciones que concurran.  

contrato de agencia mercantil

Es importante destacar que la indemnización también puede ocurrir en el caso que el contrato culmine por defunción o declaración de fallecimiento del agente.

Por otra parte, es necesario resaltar el hecho de que la indemnización no podrá exceder del importe medio anual de las remuneraciones recibidas por el agente durante los últimos 5 años o, durante todo el tiempo de duración del contrato, si éste fuese inferior.

Por daños y perjuicios

De acuerdo a la jurisprudencia, en el artículo 29 de la ley de Contrato de Agencia, reza que “Sin perjuicio de la indemnización por clientela, el empresario que denuncie unilateralmente el contrato  de agencia de duración indefinida, vendrá obligado a indemnizar los daños y perjuicios que, en su caso, la extinción anticipada haya causado al agente, siempre que la misma no permita la amortización de los gastos que el agente, instruido por el empresario, haya  realizado para la ejecución del contrato”.

  • No existirá indemnización: se entiende en este caso que el agente no tendrá derecho a indemnización por clientela o de daños y perjuicios cuando:
  • El empresario haya extinguido el contrato por causa de incumplimiento de las obligaciones legales o establecidas en el contrato del cual es responsable el agente.
  • El agente hubiese denunciado el contrato, a menos que la denuncia fuera causada por situaciones imputables al empresario, o se fundamentara en la invalidez o enfermedad del agente, razón por la cual no pudiera exigirse razonablemente la continuidad de sus actividades.
  • Con el consentimiento del empresario, el agente haya cedido a un tercero los derechos y obligaciones de que era titular en virtud del contrato de agencia.

Es de hacer notar que para que se lleve a cabo la indemnización por clientela o por daños y perjuicios prescribirá al año a considerar desde la extinción del contrato.

Contrato de agencia modelo y ejemplo en pdf

Descargar modelo de contrato de agencia

About Puntos Legales