Como recurrir una multa de aparcamiento

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El mayor error que puede cometer al recibir una multa

Advertencia: en el primer y último caso puedes hacer uso de la autodefensa. ¿Qué significa esto? Significa que puede presentar una solicitud de anulación de la multa directamente a la autoridad que la emitió, sin tener que acudir al prefecto o al juez de paz.

Un consejo: procura ser conciso, claro y referirte a elementos objetivos (por ejemplo, la falta de elementos que deben indicarse en la multa o la falta de señales de tráfico que deberían haber estado allí). Evita absolutamente las explicaciones basadas en desventuras personales: al juez no le importa si dejaste tu coche aparcado ilegalmente el tiempo suficiente para comprar champú en el supermercado de cierre.

No se deje engañar por el nombre del cargo: el juez de paz actúa a todos los efectos como un juez y sólo valora las circunstancias de hecho y de derecho que hacen realmente injusta o ilegítima una pena. Y esto no incluye los problemas de organización del gasto.

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Todas las medidas administrativas, incluidas las que impugnan las infracciones de tráfico, pueden ser recurridas por dos vías: la administrativa y la judicial.

El recurso debe estar fechado y firmado por el recurrente en forma autógrafa o electrónica (PEC). Debe contener los datos de identificación del informe que se impugna, una descripción detallada de los fundamentos de hecho y de derecho en los que se basa la impugnación, una solicitud de anulación del informe y de desestimación de la multa.

Atención: no todas las Prefecturas notifican al recurrente que el recurso ha sido aceptado, por lo que en este caso se aplica la regla del “asentimiento por silencio”, que se devenga en un plazo de 120 días a partir de la fecha de recepción del recurso por parte del Prefecto (que corre a partir de la fecha de recepción de la carta certificada, PEC o entrega en mano en las oficinas de la Jefatura de la Policía Municipal), excepto en el caso de que una solicitud de audiencia interrumpa este plazo.

Llega a Milán el “control de calles” contra el aparcamiento salvaje

En las zonas urbanizadas, los ayuntamientos pueden, por orden del alcalde, delimitar zonas de estacionamiento sujetas al pago previo de una cantidad, con la consiguiente obligación para el automovilista de exhibir a la vista el ticket que acredite el pago.

Las diferencias entre los dos perfiles no se limitan a la identificación de los requisitos necesarios para conferir este estatus legal, sino que también son funcionales. De hecho, todos los agentes de tráfico tienen funciones específicas de comprobación de las infracciones de estacionamiento, pero a los agentes del c. 133 se les atribuyen además “funciones de prevención y comprobación en materia de tráfico y estacionamiento en las vías reservadas al transporte público”.

En reconocimiento de estas atribuciones, se introdujo el principio de designación individual por parte del alcalde “previa comprobación de la inexistencia de antecedentes penales o de imputaciones penales pendientes”, y se les atribuyó también “la competencia para ordenar la retirada de vehículos, en los supuestos previstos, respectivamente, en las letras b) y c) y en la letra d) del apartado 2 del artículo 158” del Código de la Circulación, es decir, de los vehículos estacionados que impidan el acceso o la circulación de otros vehículos regularmente estacionados, de los vehículos estacionados en doble fila y de los vehículos estacionados en espacios reservados para el estacionamiento y la parada de los transportes públicos.

Multas de la ZTL: cómo recurrir | Avv. Angelo Greco

El principal defecto de forma, por el que se registra el mayor número de objeciones, se refiere a la notificación tardía de la multa. En efecto, el artículo 201 del Código de la Circulación prevé que, en caso de que la infracción no pueda ser impugnada inmediatamente, la denuncia debe ser notificada en un plazo de 90 días a partir de su constatación. Si la notificación tiene lugar en el extranjero, el plazo se amplía a 360 días.

Errores relativos al tipo de vehículo o a la matrícula cuando no permiten la identificación segura del vehículo y, por tanto, del legítimo propietario. O los errores relativos a la fecha de constatación de la infracción, ya que la comunicación de una fecha errónea no permite al sujeto la aplicación del derecho de defensa.

En esta categoría se pueden incluir todos los errores o la información que falte que, aunque sean importantes, no invalidan la contravención porque se compensan con otros datos/información del informe.

Puede que no sea un defecto de forma, ya que otros parámetros permiten la identificación inequívoca de la persona multada. El nombre, los apellidos, el número de permiso de conducir y el lugar de expedición permiten identificar al conductor de forma inequívoca.

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