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En España, a los ciudadanos que han llegado a su tiempo de jubilación, a la etapa senil, poseen alguna discapacidad o si tienen familiares sobrevivientes, se les presta la ayuda de Clases Pasivas.
¿Qué funcionarios se encuentran bajo el regimen de Clases Pasivas?
En general, esta pensión abarca a diversos funcionarios, como los de administración del Estado, Cortes Generales, personal militar, reserva naval, profesores, fiscales, policías, guardias civiles, entre otros.
Desde el año 2.011, los funcionarios que han cumplido con su tiempo laboral son beneficiados con la pensión de Seguridad Social en vez de la de Clases Pasivas.
Funcionarios dentro del régimen de Clases Pavisas
Los ciudadanos que han culminado su tiempo de trabajo en carreras de Administración Civil y Militar del estado, Administración de Justicia, los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los de las Cortes Generales.
Funcionarios dentro del régimen General de Seguridad Social
En este caso, se encuentran enmarcados los de la Administración local (Ayuntamientos), las Comunidades y Organismos Autónomos. En esta clasificación también se incluyen a quienes no poseen un estatus de funcionarios públicos, los Presidentes, Vicepresidentes, Ministros y otros altos cargos.
Preguntas frecuentes sobre el régimen de Jubilación de Clases Pavisas
Si perteneces a uno de estos dos grupos de personas que pueden recibir la ayuda correspondiente y posees dudas acerca del proceso que debes realizar, te ayudamos con las interrogantes más frecuentes que te pueden surgir.
¿Cuántos tipos de pensiones de Clases Pasivas existen?
Dependiendo de la causa por la que se otorgue la pensión a un ciudadano se clasificarán en:
- Pensiones ordinarias: cuando el retiro del trabajador se da por razones comunes cumplir con el tiempo laboral requerido, lesión, fallecimiento natural o producido en acto de servicio y por desaparición.
- Pensiones extraordinarias: cuando algún funcionario presenta causas que se derivan de actos de terrorismo.
- Pensiones excepcionales: son reconocidas por la Ley para otorgárselas a determinadas personas en condiciones especiales.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una jubilación voluntaria?
Entre los requisitos para solicitar la jubilación se encuentran:
- Un período de 30 años de servicio al Estado
- Tener cumplidos 60 años de edad
- Realizar la solicitud antes del 31 de agosto del año en que se realice
- Formulario correspondiente al tipo de pensión solicitada
¿Cómo solicito la jubilación?
Principalmente el funcionario que esté interesado en jubilarse debe realizar la solicitud escrita donde indique la fecha de retiro, tres meses antes de la misma. Deben dirigirse al ente que sea pertinente al tipo de jubilación: Clases Pasivas o Seguridad Social.
¿Cómo se realiza el cálculo de jubilaciones de Clases Pasivas?
Esto dependerá directamente de la categoría del funcionario. Se determina de la siguiente manera: se debe aplicar al haber regulador un porcentaje establecido según el número de años de servicio que prestó al Estado.
Estos haberes reguladores son fijados cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Tienen diferentes cuerpos y escalas de trabajadores. Para realizar un cálculo puede utilizar el simulador electrónico que se encuentra en la sede oficial de Hacienda.