Carnet de conducir DGT

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En España, el carnet de conducir es un documento legal con el que se le garantiza al ciudadano la posibilidad de transitar en su vehículo por la vía pública. Al obtenerlo, la persona es considerada como conocedora de las leyes y licencias de tránsito y además con el conocimiento y la habilidad que requiere el hecho de manejar un coche.

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Tipos de Carnet de conducir en España

Un aspecto importante para poder emitir el carnet de conducir es conocer cuál es el que puede corresponde según el tipo de vehículo que posees y las funciones que deseas desempeñar con el mismo, cada tipo de carnet exige distintos requisitos, por ello te los especificamos a continuación:

Tipo AM

Es el tipo de carnet que se utiliza para vehículos de dos o tres ruedas, con cilindros inferiores a 50cc y una velocidad hasta 45 km/h, para obtenerlo es necesario: 1) tener al menos 15 años, 2) superación de un examen teórico de 20 preguntas (solo acepta dos respuestas incorrectas) y 3) un examen práctico en un circuito cerrado.

Aunque anteriormente un conductor de 18 años con este permiso podía llevar pasajeros, esto ha sido derogado desde el año 2016, eliminando el mínimo de edad.

Tipo A

Con el permiso Tipo A, se puede conducir cualquier tipo de motocicleta independientemente de su potencia y su tamaño y peso. A diferencia del anterior, entre los requisitos se encuentra: 1) tener cumplidos los 20 años y 2) realizar un curso de formación específica de la DGT.

Tipo B

El carnet tipo B permite conducir vehículos desde 2 hasta 4 ruedas. El peso del mismo debe ser de 3500 kg, incluso puede llevar un remolque de hasta 750 kg, lo importante es que entre ambos no excedan 4250 kg. Además el vehículo puede llevar 9 pasajeros (incluyendo al conductor).

Para conseguir este carnet, deben: 1) tener la edad mínima de 18 años, 2) superar un examen teórico, con dos fallos máximo, y 3) examen práctico de maniobra y circuito cerrado.

Tipo C

En este caso, los autos autorizados para circular deben tener entre 3500 y 7500 kg con un adicional de remolque de 750 kg. Para obtener este carnet de conducir, es necesario: 1) haber obtenido ya el carnet tipo B, 2) superar examen teórico específico y de mantenimiento, 3) superar examen práctico en circuito cerrado y 4) superar examen en la vía pública.

Tipo D

Los vehículos que pueden circular con este tipo de carnet están destinados para el transporte de personas (máximo 16) y con una longitud de 8 metros. Es necesario cumplir con:1) tener cumplidos los 20 años y 2) realizar un curso de formación específica de la DGT.

Tipo E

La obtención de este tipo de permiso es un adicional al carnet que ya posees, es decir, puede ser B+E, C+E o D+E. A partir de los 21 años es posible conseguirlo, sin embargo el B+E se puede solicitar desde los 18. Adicionalmente se deben aprobar de igual forma los tres exámenes correspondientes.

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Preguntas frecuentes sobre el carnet de conducir DGT

La emisión del carnet de conducir puede generar ciertas dudas, acá te mostramos la solución a las interrogantes más frecuentes que puedes presentar:

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¿Cómo renovar el carnet de conducir?

Si tu documento se encuentra vencido quiere decir que no deberías circular por la vía pública ya que no se considera legal. Es necesario que realices la renovación del mismo y para ello puedes comenzar con la presentación de la solicitud 3 meses antes de la fecha de caducidad y esto no quiere decir que pierda validez tu carnet de conducir.
Lo que debes hacer es:

  • Dirígete a la oficina de tráfico más cercana.
  • Lleva tu documentación (DNI)
  • Entrega tu carnet vencido (o próximo a vencerse).
  • Autoriza a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento.
  • Informe de aptitud psicofísica.
  • Fotografía de 32×26 mm, en color y con fondo blanco, sin portar accesorios que puedan obstruir tu identificación.

¿Cuánto cuesta sacarse el carnet de conducir en España?

El precio para la emisión del carnet de conducir varía dependiendo de varios factores que te explicamos en esta sección:

  • Por solicitud de permiso: Tasa 2.1 que equivale a 92.20 euros.
  • En caso de recuperación por extravío: Tasa 2.3 que equivale a 28.30 euros.
  • Por cada licencia: Tasa 2.2 que equivale a 43.70 euros

También pueden contar con distintas formas de pago: internet, personalmente en entidades financieras o directamente en la Jefatura de Tránsito a la que decidas acudir.

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