Arraigo Familiar en España: Requisitos para pedirlo

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La definición de arraigo familiar obedece a un permiso de residencia provisional, que se les concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España por circunstancias extraordinarias, permitiéndoles vivir y trabajar durante un periodo de un año.

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La condición para que se haga efectivo es que el ciudadano sea hijo de padres españoles o, que el padre o la madre sean extranjeros y el hijo menor de edad sea español.

En atención a esto, gracias al proceso familiar de arraigo, durante el lapso de un año la persona puede trabajar de manera independiente o para una empresa. Luego, al finalizar este tiempo, el ciudadano deberá gestionar para que le sea otorgado el permiso de residencia por arraigo familiar ordinaria.

¿Quién puede solicitar la tarjeta por arraigo familiar en España?

Es de suma importancia para todo extranjero que desee regular su situación legal en España, el conocer los casos en los cuales se puede autorizar el arraigo familiar. En este sentido, la ley reconoce claramente quiénes pueden optar por este permiso, los cuales serán detallados más adelante.

arraigo familiar por matrimonio

Requisitos para solicitar el arraigo familiar y disfrutar del permiso de residencia

Para que se pueda llevar a cabo el proceso de arraigo familiar, es necesario que el extranjero cumpla con los requisitos necesarios para optar a la residencia y permiso de trabajo. Estos son:

Para padres de hijos españoles. Por hijo nacido en España

En este caso, la Ley de Extranjería en su artículo 124.3, establece que para que pueda ser otorgado el arraigo familiar, el ciudadano en cuestión debe tener un hijo menor de edad de nacionalidad española, siendo condición indispensable ésta y que el menor conviva con el extranjero y se encuentre bajo su amparo (tutela).

Un aspecto que hay que tener en cuenta en esta situación es, que un niño no será español sólo por haber nacido en territorio español, lo será cuando uno de sus padres lo sea o esté en calidad de apátrida.

Ser hijo mayor de edad de madre o padre español

Este caso se maneja con más complejidad que el anterior, debido a que se presentan limitaciones que conllevan a estudiar cada caso en particular. Sin embargo, no todo es negativo, la ley establece otros mecanismos por los cuales se puede obtener el arraigo familiar, como el contemplado en el artículo 20.a del código civil, referente a la nacionalidad por opción.

extranjeria arraigo familiar

Documentación necesaria

Para solicitar esta autorización, el extranjero debe contar con una serie de documentos que le permitirán llevar a cabo sin problemas su tramitación. Además, deben estar legalizados los documentos, siempre y cuando el país de origen no esté incluido en el acuerdo de Apostilla de La Haya. Los documentos son:

  • Pasaporte y copia del mismo
  • Modelo EX -10
  • Haber cancelado el arancel correspondiente
  • Padrón que acredite el domicilio registrado en España
  • Antecedentes penales en los países en lo que ha residido los últimos 5 años
  • Certificado de nacimiento
  • Certificado de nacimiento del padre/madre, expedido por algún Registro Civil Consular (en el país de origen) o, si se encuentra en España, expedido por el Registro Civil Central
  • Certificado de nacimiento de abuela/abuelo, ya que los descendientes de ciudadanos españoles tienen una abuela o abuelo que nació en España y tiene la nacionalidad de origen

Pasos a seguir para solicitar la residencia por arraigo

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: la solicitud debe ser presentada personalmente por el extranjero en cuestión, o representante legal en caso de ser menor de edad o estar incapacitado.
  • Lugar de presentación: debe acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde se encuentra domiciliado el extranjero.
  • Abono de tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales: deberá ser devengado justamente cuando se admita el trámite para la solicitud, cancelándose en un plazo de diez días. Corresponde al Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales” a abonar por el extranjero.
  • Plazo de resolución de la solicitud: la Oficina de Extranjería establece 3 meses como plazo para manifestar su respuesta.

Si pasado este plazo no se ha recibido respuesta, se entiende que dicha solicitud fue denegada por silencio administrativo.

  • El otorgamiento del permiso trae consigo una autorización de trabajo bien sea por cuenta propia o por cuenta ajena en España.
  • Solicitud de la tarjeta de Identidad de Extranjero un mes después de la notificación del otorgamiento del permiso de residencia por circunstancias excepcionales. Esta será expedida por la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se tramitó la solicitud.  Es importante que en el momento del trámite de huella, el solicitante muestre su pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad, y deberá proporcionar los siguientes documentos:
  • Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero en modelo oficial EX -17
  • Recibo del abono de la tasa de la tarjeta
  • Tres fotografías en color, fondo blanco y tamaño carnet
  • El plazo otorgado por la residencia es de un año, y al finalizar, podrá solicitar autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo

Renovación telemática del arraigo

Una vez concedido el arraigo familiar, el extranjero podrá residir y trabajar en España durante un año. Al caducar este plazo, debe renovar su permiso a través de una modificación.

De no haber trabajado durante este periodo, será muy difícil conseguir la renovación del permiso, y el haber trabajado ilegalmente sin un contrato o soporte tampoco servirá para conseguir la autorización.

Por lo tanto, para renovar esta autorización se debe cumplir con lo siguiente:

  • Permiso de trabajo por cuenta ajena, es preciso continuar trabajando o manteniendo la relación laboral en ese periodo establecido de un año, o haber trabajado un lapso mínimo.
  • Permiso de trabajo por cuenta propia, si el individuo ha conformado su propia empresa o ha decidido convertirse en autónomo.
  • Residencia no lucrativa, se presenta en los casos en los que el individuo no ha trabajado pero es poseedor de recursos económicos suficientes para vivir.
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Preguntas frecuentes sobre el arraigo familiar en España

Como se ha expuesto anteriormente, solicitar el arraigo familiar trae consigo una serie de documentos y procedimientos necesarios para acreditar o hacer posible la admisión del extranjero con residencia y trabajo durante un año en España. Sin embargo, siempre se generan preguntas o casos que deben ser aclarados para llevar a cabo sin problemas la tramitación. De tal manera que en este apartado se responderán las dudas acerca del arraigo familiar.

¿Puedo solicitar el arraigo por matrimonio?

La respuesta es sí. Si se trata de la pareja (cónyuge o pareja de hecho) quien es de España, la vía para solicitar la residencia es a través de la tarjeta de familiar comunitario.

¿Puedo traer a mis hermanos por reagrupación familiar?

En este caso la respuesta es no. No es posible traer del exterior a España a hermanos por reagrupación familiar.

En este sentido, se debe hacer el trámite mediante la reagrupación familiar comunitaria por familia extensa.

¿Si soy nieto de español puedo solicitar arraigo?

Sí es posible solicitar el arraigo. La norma establece que pueden solicitar la residencia española individuos que tanto el padre como la madre sean originalmente españoles, y también aquellos cuyo abuelo o abuela español haya renunciado a la nacionalidad española por causa de exilio.

Ahora bien, para el caso de obtener la nacionalidad española, siendo nieto de español, usted deberá estar domiciliado legalmente en España por un año. Así podrá exponer su expediente por residencia.

También es importante hacer del conocimiento de los ciudadanos extranjeros que quieren obtener la residencia española que desde el año 2008, los nietos de exiliados españoles por la guerra civil, pueden optar por la nacionalidad española (establecido en la Ley de Memoria Histórica).

¿Cómo puedo solicitar la cita previa en extranjería?

La solicitud se puede llevar a cabo mediante una de las tres opciones presentadas:

  1. Por teléfono: marcando los números habilitados en las diferentes oficinas de extranjería del país.
  2. Por internet: ingresando a la Sede electrónica de la Secretaria de Estado de las Administraciones Publicas.
  3. Mediante el uso de la App “Cita Previa Extranjería

Para acceder a la cita previa por internet, es necesario seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresa a la Sede electrónica de la Secretaria de Estado de las Administraciones Publicas, e introduce la provincia donde resides y pulsa Aceptar.
  2. Luego selecciona el trámite a realizar de las opciones que se desprenden del desplegable y pulsa Aceptar.
  3. Completado este paso, se muestra una ventana con el resumen de la documentación necesaria y los modelos de solicitud requeridos para el trámite.
  4. Introduce los datos solicitados, que serán distintos dependiendo del trámite y pulsa Aceptar.
  5. Al completar estos pasos, sigue las instrucciones para confirmar el día y la hora de la cita solicitada.

En lo que se refiere al uso de la App, el usuario puede solicitar su cita previa a extranjería, y su único requisito es disponer de un dispositivo móvil con sistema Android. Con el uso de la App, el ciudadano extranjero además de solicitar cita para extranjería, puede consultar o anular esta, para comparecer ante una oficina de extranjería. También cuenta con buscador de oficinas actualizada al hacer la consulta.

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